¿Tengo que pagar IVA?

On octubre 19, 2011, in Autonomo, Fiscal, by Sylvia Rodriguez

¿Sabes cuando tienes que pagar IVA? ¿Con que operaciones estas exento? Existen operaciones en las que los autónomos no están obligados a pagar el IVA, explicaremos con diferentes ejemplos, cuales son las operaciones en las que los empresarios no están sujetos a pagar el IVA. 1. Un Supermercados SDR, se dedican al sector de la [...]

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Módulos o Régimen general

On octubre 19, 2011, in Autonomo, Fiscal, IRPF, by Sylvia Rodriguez

Cuando decidimos ser autónomos, se nos puede presentar la duda de que tipo de régimen elegir, cual puede ser mas beneficioso o mejor cual nos va a costar menos dinero. Lo primero tener claros los conceptos: – Sistema de estimación objetiva – Cotización por módulos – Régimen especial. – Sistema de estimación directa: normal o [...]

Ganancias patrimoniales ¿Como se calculan?

On octubre 19, 2011, in Fiscal, Mercantil, by Sylvia Rodriguez

Al calcular las ganancias patrimoniales de la empresa debemos distinguir que la trasmisión sea de carácter oneroso, es decir, no es gratuito, se exige un precio por el servicio o carácter lucrativo o lo que es lo mismo que produce un beneficio a la empresa. Además las de ganancias patrimoniales onerosas, en las que media [...]

Contratar a un discapacitado. ¿Ventajas económicas?

On octubre 17, 2011, in Fiscal, Laboral, Mercantil, by Sylvia Rodriguez

Contratar a una persona con minusvalía supone un ahorro para el empresario de 10.000 € anuales. Las subvenciones, bonificaciones y deducciones a las que una empresa puede optar, si decide contratar a una persona con discapacidad es, Subvención de 3.906, 58 euros cuando se realice un contrato a tiempo completo. Si el contrato se concierta [...]

Recuperación del IVA en casos de morosidad

On abril 5, 2011, in Fiscal, by Oleksiy Alekseyev

Legislación Fiscal, concretamente articulo 80, apartados 3, 4 y 5, de la Ley de IVA prevee la posibilidad de modificar la base imponible del IVA por insolvencia o impago del destinatario de las operaciones.
¿En qué supuestos puedo modificar las bases imponibles?
El sujeto pasivo puede modificar la base imponible cuando cumple tres requisitos:
1. Que haya trascurrido un años (antes de 26 de diciembre de 2008, al plazo mínimo era de dos años) desde el devengo del impuesto sin que haya obtenido el cobro del crédito respectivo, esta circunstancia debe ser reflejado en los libros contables respectivos, exigibles en la legislación del IVA.

2. El destinatario de la operación actúa en condición de empresario o profesional, y la base imponible, el IVA excluido, sea superior a 300 euros.

3. El sujeto pasivo que haya reclamado judicialmente o por la conducta notarial el pago del crédito pendiente.

¿Existen algunos casos cuando no puede modificar las bases imponibles a pesar de que cumple los requisitos anteriores?
Existen algunos casos cuando no se puede modificar las bases imponibles aunque se cumpla los requisitos anteriores:
1. Cuando se trata de créditos que disfruten de garantías reales, en la parte garantizada.
2. Los créditos afianzados por las entidades de crédito o cubiertos por un contrato de seguro de crédito o de caución.
3. Créditos entre las personas o entidades vinculantes.
4. Cuando el destinatario de las operaciones no esté establecido en el territorio de aplicación del impuesto, ni en Canarias, Ceuta o Melilla.
¿Cuál es el plazo exigido para la modificación de bases imponibles?
Desde el día 26 de diciembre, el plazo mínimo exigible es de un año (anteriormente era de dos años) desde la fecha de operación sujeta al IVA, sin que haya producido el cobro total o parcial del mismo.
Sin embargo cuando se trata de las operaciones de venta a plazos o con precio aplazado el periodo de un año tiene que trascurrir desde el día del vencimiento del plazo o plazos impagados.
Posteriormente con la entrada en vigor Real-Decreto 6/2010, se produce una modificación relacionada con el volumen de operaciones del sujeto pasivo, incorporada en nuevo parágrafo al apartado Cuatro 1º de Ley de IVA: cuando el titular del crédito tiene condición de empresario o profesional y su volumen de operaciones del año anterior sea inferior a 6 millones de euros el plazo será de seis meses.
¿Existe alguna posibilidad de recuperar las cuotas de IVA cuando el destinatario de las operaciones es un particular?
Si se puede. Desde el 1 de enero de 2004 se autoriza la modificación de las bases en casos cuando el destinatario de las operaciones no sea el empresario o profesional, con la condición que la bases de operaciones sea superior a 300 euros, excluyendo IVA.
¿Se puede modificar las bases imponibles sin reclamación judicial?
En este caso el sujeto pasivo debe reclamar el pago del crédito judicialmente o por medio del requerimiento notarial. La figura del requerimiento notarial ha sido introducida en el artículo 7 del Real-Decreto 6/2010, siendo la figura alternativa a la modificación de las bases imponibles.
¿Cuándo puede proceder a modificar la base imponible?
La modificación de la base imponible debe realizar en el plazo de los tres meses siguientes a la finalizar el plazo de periodo de un año, en el plazo de un mes contado desde la fecha de expedición de la factura rectificativa.
¿Cómo debo proceder para modificar la base imponible?
En primer lugar debemos asegurar que las operaciones que dan lugar a la modificación de la base imponible han sido facturadas y anotadas en el libro de Registro de las Facturas Expedidas por el acreedor en tiempo y forma establecida.
El destinatario debe expedir y remitir al destinatario de las operaciones una nueva factura en la que rectifica o anula la cuota repercutida, en la forma prevista en el Reglamento de Facturación.
EL Reglamento de IVA en su artículo 24 obliga al sujeto pasivo comunicar a la Agencia tributaria correspondiente a su domicilio, la modificación de la base imponible. Dicha comunicación debe realizar en el plazo de un mes, tiene que tener constancia que dicha modificación no afecta a ningún otro crédito que no permite practicar la modificación de la base imponible.
Junto con esta declaración el sujeto pasivo debe acompañar la copia de la factura rectificativa, documentación que acredita la reclamación del cobro mediante reclamación judicial o requerimiento notarial.

Las deducciones por doble imposición

On julio 29, 2010, in Contable, Fiscal, by Oleksiy Alekseyev

Otra fuente de deducciones importante estriba en las deducciones por doble imposición que tienen su justificación en no gravar dos o más veces la misma renta. Si una entidad realiza una actividad mediante una participada, la participada tendrá que pagar los impuestos que correspondan y repartirá los beneficios a la sociedad matriz. Estos beneficios, serían [...]

Trillo llama “sectario” al fiscal que ha recurrido un caso de Cascos ya archivado

On julio 28, 2010, in Fiscal, by Oleksiy Alekseyev

El coordinador de Justicia del PP, Federico Trillo, ha acusado al fiscal de Madrid, Fernando de la Fuente, de “actuar de manera sectaria e ignorar la realidad procesal” al recurrir el archivo de la causa contra el ex ministro Francisco Álvarez-Cascos. Por eso, exige la actuación de su superior jerárquico, el fiscal General del Estado, [...]

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